Disposición derogatoria única. Derogaciones.
Disposición derogatoria única de la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes para la sostenibilidad y la circularidad del turismo de las Illes Balears. · BOE-A-2022-13846
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-18.
Texto consolidado
Se derogan, con carácter general, todas las normas y disposiciones que se opongan a esta ley o que contradigan lo que establece, y, en particular:
a) La letra e) del punto 2 del artículo 60, y los artículos 79, 80, 81 y 82 de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.
b) El capítulo IX, artículos 126 a 134, y el anexo 5 del Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación en materia turística; de regulación de órganos asesores, de coordinación y de cooperación del Gobierno de las Illes Balears, y de regulación y clasificación de las empresas y de los establecimientos turísticos, dictado en desarrollo de la Ley 8/2012, de 19 de julio, del turismo de las Illes Balears.
c) El artículo 125 del Decreto 20/2015, de 17 de abril, de principios generales y directrices de coordinación.
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