Disposición derogatoria segunda.
Disposición derogatoria segunda de la Ley 8/2010, de 19 de julio, de Actividades Feriales de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-12769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-23.
Texto consolidado
Queda derogado el Decreto 52/1985, de 22 de octubre, de Creación del Registro Oficial de Instituciones Feriales y se dan normas para la inscripción en el mismo.