Disposición derogatoria segunda.
Disposición derogatoria segunda de la Ley 10/2006, de 29 de diciembre, de Agricultura y Alimentación Ecológica de Euskadi. · BOE-A-2011-17408
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-06.
Texto consolidado
Quedan derogados los artículos 5, 6, 7, 8, 10 y 11 del Decreto 229/1996, de 24 de septiembre, por el que se regula la producción agraria ecológica, su elaboración y comercialización, y se crea el Consejo Vasco de la Producción Agraria Ecológica (BOPV n.º 193, de 7 de octubre de 1996), y cualquier otra disposición en todo aquello en lo que se oponga a lo establecido en la presente ley.