Disposición derogatoria segunda. Derogación del Reglamento de Comunicación, Autorización y Acreditación Administrativas en el ámbito de los Servicios Sociales de Andalucía, y del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, aprobado por Decreto 187/2018, de 2 de octubre.
Disposición derogatoria segunda del Decreto-ley 15/2020, de 9 de junio, por el que con carácter extraordinarioy urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo así como al ámbito educativo y cultural ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). · BOJA-b-2020-90216
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-09.
Texto consolidado
Se deroga el Reglamento de Comunicación, Autorización y Acreditación Administrativas en el ámbito de los Servicios Sociales de Andalucía, y del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales, aprobado por Decreto 187/2018, de 2 de octubre, cuya entrada en vigor se produciría a los veinticuatro meses de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con el Decreto 451/2019, de 9 de abril, por el que se amplía el plazo para la entrada en vigor del citado Decreto 187/2018, de 2 de octubre, manteniéndose la vigencia del Decreto 87/1996, de 20 de febrero, por el que se regula la autorización, registro y acreditación de los servicios sociales de Andalucía en lo que no se oponga a lo dispuesto en otras normas de igual o superior rango aprobadas con posterioridad, hasta tanto se apruebe un nuevo Reglamento en esa materia.
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