Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Disposición derogatoria del Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero. · BOE-A-2010-5944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-02-17.
Texto consolidado
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente real decreto y, en particular, las siguientes disposiciones:
a) Decreto 2721/1965, de 20 de septiembre, por el que se regula las condiciones para el ejercicio de las funciones de los Agentes y Comisionistas de Aduanas.
b) Real Decreto 1889/1999, de 13 de diciembre, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones de aduana.
c) Orden del Ministerio de Hacienda, de 9 de junio de 2000, por la que se regula el derecho a efectuar declaraciones de aduana.
d) Orden HAC/916/2004, de 23 de marzo, por la que se establecen las condiciones para la obtención del título profesional de agente y comisionista de aduana.
e) Resolución del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de 12 de julio de 2000, relativa al derecho a efectuar declaraciones de aduana.
Se suspende la efectividad de las letras b), c) y e) por el Auto del TS de 16 de julio de 2010. Ref. BOE-A-2011-3103.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-3103.
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