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Ley Foral Derogada

Disposición derogatoria primera.

Disposición derogatoria primera de la Ley Foral 17/1998, de 19 de noviembre, de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra. · BOE-A-1999-298

Atención: Ley Foral 17/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A la entrada en vigor de esta Ley Foral quedan derogadas la Ley Foral 6/1995, de 4 de abril, por la que se regula el Recurso Cameral Permanente correspondiente a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la misma.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no alterará la exigibilidad de las cuotas del recurso cameral permanente correspondiente a la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Navarra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-11-28.

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