Disposición derogatoria primera.
Disposición derogatoria primera de la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud. · BOE-A-2007-10409
Atención: Ley 7/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
a) El Decreto 57/1996, de 28 de marzo, por el que se crea y regula el Instituto Canario de la Juventud.
b) El Decreto 21/1985, de 18 de enero, por el que se crea el Consejo de la Juventud de Canarias.
c) Del Decreto 39/2005, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, se derogan los siguientes artículos:
El artículo 2.C, en lo referido al Instituto Canario de la Juventud.
El artículo 2.D, en su párrafo referido al Consejo de la Juventud de Canarias.
El capítulo segundo del título IV, artículo 17.
El capítulo tercero del título V, artículo 26.