Disposición derogatoria primera.
Disposición derogatoria primera de la Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores. · BOE-A-2002-15890
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-08-13.
Texto consolidado
Quedan derogados los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15 y 16 y las disposiciones transitorias y finales del Decreto 152/1991, de 17 de junio, de Regulación de las Cofradías de Pescadores.