Disposición derogatoria. Normas sobre organización y régimen del Crédito Oficial
Disposición derogatoria de la Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992. · BOE-A-1991-30903
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1992-01-01.
Texto consolidado
Uno. Quedan derogados el apartado e) del artículo 16 y el segundo párrafo del artículo 26 de la Ley 13/1971, de 19 de junio, de Organización y Régimen del Crédito Oficial.
Dos. Queda derogado el apartado cinco del artículo 127 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988, modificado por el artículo 127 de la Ley 37/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989. Asimismo quedan derogados el párrafo primero b) y el párrafo segundo del apartado ocho del citado artículo 127 de la Ley 33/1987.