Disposición derogatoria.
Disposición derogatoria del Decreto 584/1974, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE). · BOE-A-1974-436
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-03-14.
Texto consolidado
Quedan derogadas todas las disposiciones sobre esta materia, de igual o inferior rango, que se opongan a lo establecido en el presente Estatuto.
Quedan subsistentes, no obstante, en toda aquello que no se oponga a los preceptos contenidos en el presente Estatuto, las siguientes disposiciones. Real Decreto de 24 de mayo de 1878; Reglamento Ley General de Ferrocarriles y demás disposiciones concordantes; Real Decreto de 8 de septiembre de 1878; Reglamento de Policía de Ferrocarriles y demás disposiciones concordantes; Decreto de 9 de diciembre de 1949; Reglamento de Ordenación de los Transportes Mecánicos por Carretera; Decreto de 16 de diciembre de 1949; Reglamento de Coordinación de los Transportes Mecánicos Terrestres; Resolución de 3 de junio de 1959; Reglamento de sanciones por faltas técnicas y Orden de 14 de julio de 1971, sobra recuperación posesoria de los bienes integrados en Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).