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Ley Vigente

Disposición adicional vigésima tercera. Retribuciones del personal laboral docente que imparta la enseñanza confesional de las religiones.

Disposición adicional vigésima tercera de la Ley 1/2021, de 23 de junio, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2021. · BOE-A-2021-21313

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

Texto consolidado

Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley y vigencia indefinida, el personal laboral docente que imparta la enseñanza confesional de las religiones en los centros públicos percibirá las retribuciones correspondientes a la carrera profesional y al complemento específico por formación permanente en las mismas condiciones que el profesorado interino del mismo nivel.

III

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-06-26.

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