Disposición adicional vigésima sexta. Sistema de previsión social a favor de los deportistas profesionales.
Disposición adicional vigésima sexta de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. · BOE-A-1999-24786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-01-01.
Texto consolidado
Se insta al Gobierno a estudiar, en el plazo de seis meses, la adecuación de los sistemas de previsión social complementarios a los deportistas profesionales, incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1006/1985, por el que se regula la relación laboral especial de los deportistas profesionales, así como los incluidos en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1467/1997, sobre deportistas de alto nivel, a las características específicas de la actividad deportiva.
En dicho estudio se abordarán, entre otros, aspectos referidos a la constitución de una mutualidad específica, así como los límites de aportación y las contingencias que habilitan el cobro de la prestación.
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