Disposición adicional vigésima quinta. Participación en tributos del Estado de determinados municipios.
Disposición adicional vigésima quinta de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. · BOE-A-2002-25411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
En el caso de aquellos municipios de más de cien mil habitantes que tengan agotadas todas sus posibilidades urbanísticas, tanto en lo referido a su suelo urbano como a la posibilidad de urbanizar espacio alguno en cualquiera de sus modalidades, por total colmatación física de su término que impide absolutamente su crecimiento, el coeficiente multiplicador a aplicar será el inmediatamente superior en la escala prevista en el artículo 115.1 C) a) de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales.
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