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Ley Vigente

Disposición adicional vigésima octava. Declaración de interés general de determinadas obras de infraestructuras hidráulicas con destino a riego.

Disposición adicional vigésima octava de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005. · BOE-A-2004-21688

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

Texto consolidado

Uno. Se declaran de interés general las siguientes obras:

Obras de modernización y consolidación de regadíos:

Andalucía:

Mejora y consolidación de los regadíos de la Comunidad de Regantes del Pantano del Rumblar (Jaén).

Mejora y consolidación de los regadíos de la Comunidad de Regantes de Palos de la Frontera (Huelva).

Castilla y León:

Modernización del regadío de los sectores I, II, III y IV de la zona regable del Canal de la Margen Izquierda del Porma (León).

Dos. Las obras incluidas en esta disposición adicional llevarán implícitas las declaraciones siguientes:

a) La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

b) La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a que se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Tres. Esta declaración de interés general permitirá las expropiaciones forzosas requeridas para dichas obras y la urgente ocupación de los bienes afectados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-01-01.

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