Disposición adicional vigésima novena. Modificación de la Ley 14/2000, de 28 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
Disposición adicional vigésima novena de la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. · BOE-A-2001-24965
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.
Texto consolidado
Se añade una letra d), a la letra h) de letra A), del artículo 43 dos, apartado segundo, de la Ley 14/2000, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del orden social.
«d) El incumplimiento de las obligaciones de custodia y uso de la firma electrónica avanzada del notario, así como la obligación de denunciar la pérdida, extravío o deterioro o situación que ponga en riesgo el secreto o la unicidad del dispositivo seguro de creación de firma de acuerdo con lo dispuesto en la legislación sobre el uso de firma electrónica de notarios y registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles.»
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