Disposición adicional vigésima. De los profesores numerarios de Escuelas Oficiales de Náutica.
Disposición adicional vigésima de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. · BOE-A-2007-7786
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-03.
Texto consolidado
Los funcionarios del Cuerpo de Profesores Numerarios de Escuelas Oficiales de Náutica no integrados en el Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad les será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional segunda.