Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Resolución de 24 de junio de 2003, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se establece el procedimiento para la solicitud de autorizaciones de venta con recargo mediante la presentación telemática de las autoliquidaciones y las condiciones para el pago por vía telemática de la tasa devengada por el ejercicio de la venta de labores de tabaco con recargo. · BOE-A-2003-13181
Atención: BOE-A-2003-13181 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Previa comunicación al Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, el Comisionado para el Mercado de Tabacos podrá incorporar en su página web las liquidaciones correspondientes a la tasa por prestación de servicios a los operadores del mercado de tabacos y al canon concesional de expendedurías de Tabaco y Timbre.
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