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Real Decreto Legislativo Derogada

Disposición adicional única. No asunción por el Estado de obligaciones contraídas por otras Administraciones.

Disposición adicional única del Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria. · BOE-A-2007-22528

Atención: Real Decreto Legislativo 2/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Estado no asumirá ni responderá de los compromisos de las comunidades autónomas, de las entidades locales y de los entes vinculados o dependientes de aquéllas, sin perjuicio de las garantías financieras mutuas para la realización conjunta de proyectos específicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-01-01.

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