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Real Decreto Vigente

Disposicion adicional única. Aplazamientos.

Disposicion adicional única del Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2001-15219

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-05.

Texto consolidado

1. Los Jefes de los Mandos o Jefatura de Personal, en lo que afecte a militares del Ejército respectivo, y el Director general de Personal, en lo que afecte a militares de los Cuerpos Comunes, podrán aplazar los reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas y físicas de los que estén destinados en el extranjero o participen en misiones para mantener la paz y seguridad internacionales.

2. Se podrán aplazar, a solicitud de las interesadas, los reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas y físicas en los supuestos de embarazo, parto o permiso de maternidad.

3. Asimismo, cuando sea preciso se podrán aplazar los reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas y físicas de quienes se encuentren en las situaciones administrativas de suspenso de empleo y de excedencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-08-05.

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