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Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Cláusula de reconocimiento mutuo.

Disposición adicional única del Real Decreto 650/2011, de 9 de mayo, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria en materia de bebidas refrescantes. · BOE-A-2011-8687

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-05-20.

Texto consolidado

Los requisitos de este real decreto no se aplicarán a las bebidas refrescantes legalmente fabricadas o comercializadas de acuerdo con otras especificaciones en los demás Estados miembros de la Unión Europea ni a los productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), Partes Contratantes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) y Turquía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-20.

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