Disposición adicional única. Tiempos de trabajo en las normas laborales.
Disposición adicional única del Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera. · BOE-A-2007-10557
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-27.
Texto consolidado
Lo dispuesto en la normativa sobre tiempos de conducción, interrupción y descanso se cumplirá sin perjuicio de la aplicación, respecto a los conductores asalariados y a efectos laborales, de lo previsto sobre tiempos de trabajo en la normativa laboral.
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