Disposición adicional única. Comienzo del ejercicio de las funciones de los miembros natos y nombramiento de los vocales designados por el Ministerio de Educación y Cultura.
Disposición adicional única del Real Decreto 570/1999, de 9 de abril, de creación del Patronato del Museo Arqueológico Nacional. · BOE-A-1999-9131
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-25.
Texto consolidado
1. Los miembros natos del Patronato ejercerán sus funciones a partir de la fecha de la constitución del Patronato.
2. Los vocales, a los que se refiere el párrafo c) del apartado 1 del artículo 2 de este Real Decreto, serán nombrados por Orden del Ministro de Educación y Cultura en el plazo de un mes desde su entrada en vigor.