Disposición adicional única. Plazo de determinación de los puestos de trabajo.
Disposición adicional única del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. · BOE-A-2001-10249
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-01.
Texto consolidado
La determinación de los puestos de trabajo a que se refiere el artículo 5 deberá realizarse en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este Real Decreto.
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