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Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Plazo de determinación de los puestos de trabajo.

Disposición adicional única del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores. · BOE-A-2001-10249

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-01.

Texto consolidado

La determinación de los puestos de trabajo a que se refiere el artículo 5 deberá realizarse en el plazo máximo de un año desde la entrada en vigor de este Real Decreto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-06-01.

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