Disposición adicional única. Dependencia funcional del Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis.
Disposición adicional única del Real Decreto 525/2008, de 21 de abril, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno. · BOE-A-2008-6997
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-04-22.
Texto consolidado
El Departamento de Infraestructura y Seguimiento para Situaciones de Crisis, adscrito orgánicamente a la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, dependerá funcionalmente del Director del Gabinete de la Presidencia del Gobierno, que asimismo ejercerá las funciones de Secretario de la Comisión Delegada del Gobierno para Situaciones de Crisis.