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Real Decreto Derogada

Disposición adicional única. Plazo para su constitución.

Disposición adicional única del Real Decreto 509/2000, de 14 de abril, por el que se crea el Observatorio de Precios de los Alimentos. · BOE-A-2000-7644

Atención: Real Decreto 509/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Observatorio se constituirá dentro del plazo máximo de cuarenta y cinco días a contar desde la entrada en vigor de esta disposición.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-04-26.

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