Disposición adicional única. Medios.
Disposición adicional única del Real Decreto 435/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Inventario nacional de zonas húmedas. · BOE-A-2004-5404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-03-26.
Texto consolidado
El funcionamiento del Inventario nacional de zonas húmedas se atenderá con los medios personales y materiales existentes en la Dirección General de Conservación de la Naturaleza del Ministerio de Medio Ambiente.