Disposición adicional única. Aplicación y ejecución.
Disposición adicional única del Real Decreto 431/2022, de 7 de junio, para la creación del Observatorio Global del Español. · BOE-A-2022-9382
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-06-09.
Texto consolidado
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, en colaboración con el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, iniciará, inmediatamente después de la entrada en vigor de este real decreto, las actuaciones necesarias para darle pleno cumplimiento.