Disposición adicional única.
Disposición adicional única del Real Decreto 388/1998, de 13 de marzo, por el que se modifican la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios. · BOE-A-1998-7793
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-04-03.
Texto consolidado
Las Comisiones Territoriales de Seguros Agrarios se adaptarán mediante Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con los criterios establecidos en el presente Real Decreto para las Comisiones que se regulan.
Formará parte de cada Comisión Territorial de Seguros Agrarios, un representante del Consorcio de Compensación de Seguros designado por su Presidente.