Disposición adicional única. Reconocimiento mutuo.
Disposición adicional única del Real Decreto 308/1983, de 25 de enero, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Aceites Vegetales Comestibles. · BOE-A-1983-5543
Atención: Real Decreto 308/1983 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los requisitos de la presente norma no se aplicarán al aceite refinado de girasol legalmente fabricado o comercializado de acuerdo con otras especificaciones en otros Estados miembros de la Unión Europea ni a los productos originarios de los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC), partes contratantes en el Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo (EEE) y de Turquía.