Disposición adicional única. Relación de puestos de trabajo.
Disposición adicional única del Real Decreto 1293/2007, de 28 de septiembre, por el que se regula el Museo de las Peregrinaciones y de Santiago. · BOE-A-2007-18308
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-10-21.
Texto consolidado
En virtud de lo establecido en el Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de Galicia sobre gestión de Museos de Titularidad Estatal suscrito con fecha 5 de diciembre de 1989, y del Convenio de fecha 4 de noviembre de 1994, la provisión de todos los puestos de trabajo de los museos de titularidad estatal que se gestionen en virtud de estos convenios le corresponde a la Xunta de Galicia, de acuerdo con la legislación vigente.