Disposición adicional única. Implantación.
Disposición adicional única del Real Decreto 1231/2003, de 26 de septiembre, por el que se modifica la nomenclatura y el catálogo de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado. · BOE-A-2003-18091
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-20.
Texto consolidado
El Ministerio de Fomento adoptará las medidas necesarias para la progresiva implantación de la nueva nomenclatura de las autopistas y autovías de la Red de Carreteras del Estado, de forma que la nueva señalización resultante de las instrucciones generales que en este real decreto se aprueban esté concluida antes de 31 de diciembre de 2005, sin perjuicio de la vigencia del Plan de infraestructuras de transporte cuya finalización se prevé para diciembre de 2010.