Disposición adicional única. Mantenimiento de las cuantías de las pensiones reconocidas.
Disposición adicional única del Real Decreto 1189/2000, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Real y Militar Orden de San Hermenegildo. · BOE-A-2000-12322
Atención: Real Decreto 1189/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las pensiones reconocidas hasta el 1 de marzo de 1994 mantendrán su cuantía con carácter vitalicio.
Asimismo, los Oficiales y Suboficiales que, antes del 1 de marzo de 1994, hubieran reunido las condiciones para alcanzar las diferentes categorías de la Cruz, establecidas en el Real Decreto 38/1986, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Cruz a la Constancia en el Servicio y que fue derogado por el Real Decreto 223/1994, de 14 de febrero, mantendrán en su actual cuantía y con carácter vitalicio las pensiones reconocidas en el año 1989 para cada una de las categorías.