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Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Facultades del Instituto Nacional de Estadística.

Disposición adicional única del Real Decreto 1184/2006, de 13 de octubre, por el que se regula la estructura, composición y funciones de la Comisión Nacional de Estadística Judicial. · BOE-A-2006-18871

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-11-01.

Texto consolidado

1. El Instituto Nacional de Estadística colaborará con la Comisión Nacional de Estadística Judicial, a la que prestará su apoyo en el ejercicio de las funciones a que se refieren los párrafos a), b), c), e), g), h) y j) del artículo 6 del presente real decreto. A tal fin, un representante del Instituto Nacional de Estadística, con voz pero sin voto, será convocado a las sesiones que celebren el Pleno y la Comisión Técnica.

2. El presente real decreto no afectará a las facultades que otorga al Instituto Nacional de Estadística el Convenio de colaboración suscrito el 14 de febrero de 1995 con el Consejo General del Poder Judicial para la realización de las estadísticas judiciales, con las adendas posteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-11-01.

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