Disposición adicional única. Delegación de competencias.
Disposición adicional única del Real Decreto 10/2020, de 14 de enero, por el que se crean Subsecretarías en los departamentos ministeriales. · BOE-A-2020-502
Atención: Real Decreto 10/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las delegaciones de competencias otorgadas en favor de los órganos directivos afectados por este real decreto, así como las que hubieran podido efectuar estos en favor de otros órganos, continuarán vigentes hasta que sean expresamente revocadas o nuevamente otorgadas.
2. Cuando las delegaciones de competencias que mantienen sus efectos en virtud del apartado anterior se hubiesen efectuado en favor de órganos suprimidos por este real decreto, las referidas delegaciones se entenderán vigentes en favor de los órganos en cuyo ámbito de actuación se encuadre la correspondiente competencia.