Disposición adicional única. Repercusión económica.
Disposición adicional única de la Orden PRE/3780/2005, de 30 de noviembre, por la que se crea, en el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, el Centro de Investigación Forestal. · BOE-A-2005-20024
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-12-06.
Texto consolidado
La creación y funcionamiento del Centro de Investigación Forestal no supondrá incremento del gasto público, y su funcionamiento será atendido con los recursos humanos y materiales existentes en el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.