Disposición adicional única. Excepcionalidad en la utilización de otros medios.
Disposición adicional única de la Orden JUS/221/2017, de 9 de marzo, sobre legalización en formato electrónico de los libros de fundaciones de competencia estatal. · BOE-A-2017-2742
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-15.
Texto consolidado
Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 1, cuando por problemas técnicos no fuera posible la presentación de los libros a legalizar por vía electrónica, de modo excepcional y siempre que la imposibilidad sea manifiesta, se permitirá su presentación en el Registro de Fundaciones de competencia estatal mediante el empleo de soportes o dispositivos de almacenamiento de datos de utilización habitual en el mercado.
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