Disposición adicional única. Adaptación de estructuras.
Disposición adicional única de la Orden DEF/3537/2003, de 10 de diciembre, por la que se desarrolla la estructura orgánica básica de los Ejércitos. · BOE-A-2003-23288
Atención: Orden DEF/3537/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Fuerza Logística Operativa proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército de Tierra.
2. Se encuadrarán en la Fuerza de Acción Marítima los Centros y Organismos vinculados a la acción del Estado en la mar, que sin tener el carácter de Fuerza, contribuyen de forma integrada y permanente al desarrollo de sus capacidades.
3. El Mando Aéreo General proporcionará el apoyo en permanencia preciso para mantener las capacidades operativas de todas las Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire.