Disposición adicional única. Notificación de las ayudas a la Comisión Europea.
Disposición adicional única de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales. · BOE-A-2009-16839
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-10-25.
Texto consolidado
No podrán convocarse las subvenciones establecidas en esta orden que, de acuerdo con la normativa comunitaria, precisen de la aprobación previa de la Comisión Europea en tanto no se produzca esta autorización, de la que se dejará constancia en la convocatoria correspondiente.
Más artículos de Orden CUL/2834/2009
- ← Artículo 104. Órganos de asesoramiento de ayudas.
- → Disposición transitoria primera. Ayudas para la amortización de largometrajes.
- Ver la norma completa: Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.