Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios Profesionales.
Disposición adicional única de la Ley Foral 3/2022, de 9 de febrero, de creación del Colegio de Logopedas de Navarra/Nafarroako Logopeden Elkargoa. · BOE-A-2022-3481
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-19.
Texto consolidado
El Colegio de Logopedas de Navarra/Nafarroako Logopeden Elkargoa, que tiene el carácter de general por extenderse al territorio de toda la Comunidad Foral de Navarra, asumirá, cuando proceda, las funciones que la Ley Foral 3/1998, de 6 de abril, de Colegios Profesionales de Navarra, determina para los Consejos Navarros de Colegios Profesionales.
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