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Ley Vigente

Disposición adicional única. Funciones del Consejo de colegios Profesionales.

Disposición adicional única de la Ley 6/2000, de 19 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2001-427

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-03.

Texto consolidado

El Colegio Oficial de Podólogos de Castilla-La Mancha podrá asumir, cuando proceda, las funciones que la Ley 10/1999, de 26 de mayo, determina para los Consejos Profesionales de Castilla-La Mancha.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-03.

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