Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica. · BOE-A-1998-19871
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-05-20.
Texto consolidado
La Comunidad promoverá la investigación y la innovación tecnológica a través de los incentivos fiscales que se determinen reglamentariamente.