Disposición adicional única. Elaboración del plan de accesibilidad y de inclusión cultural.
Disposición adicional única de la Ley 3/2024, de 5 de diciembre, de cultura inclusiva y accesible de Galicia. · BOE-A-2025-590
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-12-31.
Texto consolidado
En el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, la consejería competente en materia de cultura propondrá al Consejo de la Xunta de Galicia la aprobación de un plan de accesibilidad y de inclusión cultural, teniendo en cuenta las previsiones contenidas en el artículo 11.