Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Ley 20/2003, de 28 de abril, del Himno de Canarias. · BOE-A-2003-13622
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-05-03.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias, con anterioridad al 25 de mayo de 2003, aprobará un decreto regulando los extremos a los que se refiere el artículo 2 de la presente Ley. A estos efectos, la Mesa del Parlamento facilitará al Gobierno las partituras de armonización y orquestación del himno para distintas formaciones musicales, que se incorporarán al mencionado Decreto.