Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Ley 16/2019, de 8 de abril, del estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa. · BOE-A-2019-6701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
En un plazo no superior a cinco meses desde la constitución del Consejo de Capitalidad, este tendrá que contar con un estudio y una valoración completos que determinen con precisión la cuantificación de los costes económicos y sociales para cuantificar la inversión anual a que se refiere el título III de esta ley, y la determinación de los objetivos a los cuales se destinará esta inversión.