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Ley Vigente

Disposición adicional única. Desarrollo reglamentario.

Disposición adicional única de la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de mediación familiar de las Illes Balears. · BOE-A-2011-976

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-05.

Texto consolidado

1. Se desarrollarán reglamentariamente todas las disposiciones relativas a: 1) la creación y la gestión de los servicios públicos de mediación familiar; 2) la organización del Servicio de Mediación Familiar de las Illes Balears; 3) la organización, el funcionamiento y la publicidad del Registro de Mediadores y del Registro de Centros de Mediación de Colegios Profesionales y de Entidades Públicas o Privadas; 4) la capacitación de mediadores y mediadoras y sus obligaciones administrativas con el Servicio de Mediación Familiar de las Illes Balears; y 5) los requisitos de creación y organización que deben cumplir los centros de mediación para inscribirse.

2. También se desarrollarán reglamentariamente todas las disposiciones necesarias para cumplir esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-01-05.

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