Disposición adicional única. Reglamento de Agentes Forestales.
Disposición adicional única de la Ley 1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2002-13252
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
Se elaborará un Reglamento del Cuerpo de Agentes Forestales en el plazo de seis meses tras la publicación de la presente Ley.