Disposición adicional única.
Disposición adicional única de la Ley 1/1997, de 31 de marzo, de Saneamiento de las Haciendas Locales de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-1997-7803
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-04-04.
Texto consolidado
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones fueren precisas para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.