Disposición adicional única. Publicidad adicional de determinadas medidas.
Disposición adicional única del Decreto-ley 4/2020, de 20 de marzo, por el que se establecen medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. · BOE-A-2020-5021
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-21.
Texto consolidado
1. Las resoluciones o acuerdos que se adopten en aplicación de lo previsto en el artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, deberán publicarse inmediatamente en el perfil del contratante del correspondiente órgano de contratación.
2. También deberá publicarse en el perfil del contratante el texto íntegro del artículo 34 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, mientras continúe vigente el estado de alarma.
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