El Vínculo El Vínculo.
Circular Derogada

Disposición adicional única. Periodo regulatorio de aplicación.

Disposición adicional única de la Circular 7/2019, de 5 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las instalaciones tipo y los valores unitarios de referencia de operación y mantenimiento por elemento de inmovilizado que se emplearán en el cálculo de la retribución de las empresas titulares de instalaciones de transporte de energía eléctrica. · BOE-A-2019-18262

Atención: Circular 7/2019 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El primer periodo de aplicación de la presente circular transcurrirá entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2025.

Los valores unitarios de referencia de inversión aplicables durante el periodo regulatorio 2020-2025 seguirán siendo los establecidos en la Orden IET/2659/2015, de 11 de diciembre.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-12-20.

Más artículos de Circular 7/2019

En El Vínculo puedes leer Circular 7/2019 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.