Disposición adicional undécima. Efectos de las exenciones en la cotización a la Seguridad Social.
Disposición adicional undécima del Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo. · BOE-A-2021-15768
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-09-29.
Texto consolidado
Las exenciones en la cotización a la Seguridad Social establecidas en los artículos 4, 8 y disposición transitoria única de este real decreto-ley no tendrán efectos para las personas trabajadoras, manteniéndose la consideración del periodo en que se apliquen como efectivamente cotizado a todos los efectos, sin que resulte de aplicación lo establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 20 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Más artículos de Real Decreto-ley 18/2021
- ← Disposición adicional décima. Prórroga de las prestaciones y subsidios previstos en los artículos 2, 3 y 4 del Real D…
- → Disposición adicional duodécima. Comisión de seguimiento de las medidas de apoyo para la recuperación de la actividad…
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 18/2021, de 28 de septiembre, de medidas urgentes para la protección del empleo, la recuperación económica y la mejora del mercado de trabajo.